En un contexto cada vez más digital, donde proliferan los pagos con tarjeta, Bizum o transferencias, surge la duda: ¿hasta qué punto puede un comercio imponer un método de pago? La normativa es clara: el efectivo sigue siendo un medio de pago de curso legal y, dentro de los límites fijados por la ley, ningún establecimiento puede rechazarlo.
El cliente siempre podrá pagar en metálico cuando la compra no supere los 1.000 euros (si una de las partes es empresario o profesional) o los 10.000 euros en el caso de turistas sin residencia fiscal en España. En operaciones entre particulares, no hay límite salvo lo que marca la normativa contra el blanqueo de capitales. Así lo explican desde Legálitas, un grupo de asesoramiento jurídicos para familias, autónomos y pymes.
En cambio, los negocio