La Justicia Federal argentina frenó de un manotazo —tipo trompada— la difusión de audios atribuidos a Karina Milei, secretaria general de la Presidencia y hermana del presidente Javier Milei, grabados en forma clandestina y filtrados por el canal Carnaval Stream. La medida, pedida con fervor casi piadoso por el Gobierno tras denunciar una «operación de inteligencia ilegal», fue avalada como protección de la «privacidad institucional». Pero, ¿privacidad o mordaza? Este fallo destila dudas constitucionales: ¿es un escudo legítimo o una advertencia judicial que amenaza la libertad de expresión?

Retrocedamos al 10 de mayo de 1992. La jueza María Servini de Cubría logró que la Sala II de la Cámara de Apelaciones prohibiera mencionar su nombre en el programa Tato de América, satirizado por Tato

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