Desde la entrada en vigencia de la Ley de Propiedad Horizontal en 2001, los residentes de conjuntos residenciales en Colombia deben ajustarse a regulaciones estrictas que limitan el uso de sus viviendas, incluso cuando se trata de emprender pequeños negocios en casa.
Esta normativa ha generado inconvenientes para familias que, buscando ingresos adicionales , instalan tiendas o negocios informales en sus viviendas.
Según reportó 'Blu Radio', la situación afecta principalmente a quienes viven en conjuntos de uso exclusivamente residencial. En estos casos, el artículo 18 de la Ley 675 establece que las unidades privadas deben destinarse exclusivamente al uso definido en los reglamentos de la copropiedad.
Por tanto, cualquier actividad comercial que se realice sin autorización puede ser con