La reforma tributaria, presentada este 1 de septiembre por el Gobierno Petro, trae una novedad que toca directamente el bolsillo de millones de colombianos: el IVA en las propiedades horizontales.
Aunque no todos los conjuntos residenciales deberán ajustarse, sí lo harán aquellos catalogados como comerciales o mixtos .
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En palabras sencillas: si usted vive en un edificio o conjunto solo residencial, no tendrá que pagar IVA sobre las cuotas de administración ni sobre el uso de zonas comunes como parqueaderos, BBQ, piscinas o salones comunales .
Pero si su copropiedad tiene un uso comercial o mixto, la historia es distinta, ahí sí entrará en el régimen de responsabilidad del IVA