La Corte durante mucho tiempo priorizó el derecho estatal sobre los sistemas normativos indígenas, aun con el reconocimiento constitucional; por otro lado, la delimitación de competencias entre autoridades indígenas y estatales ha generado conflictos jurídicos y prácticas de criminalización, además de jueces y operadores judiciales que carecen de formación adecuada para resolver controversias con perspectiva intercultural.
El artículo 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece el derecho de los pueblos indígenas a preservar y aplicar sus sistemas normativos internos. Los sistemas normativos internos son esas normas, principios, valores y procedimientos propios mediante los cuales los pueblos originarios regulan su vida interna, resuelven conflictos, organizan