Con la llegada de las celebraciones de Fiestas Patrias, el 18 y 19 de septiembre están catalogados como feriados obligatorios e irrenunciables para quienes se desempeñan en el comercio, de acuerdo con la Ley 19.973.
Esto implica que supermercados, grandes tiendas y locales de conveniencia adosados a servicentros que solo venden productos envasados deberán cerrar durante esos días.
El descanso para trabajadores del comercio comienza a las 21:00 horas del miércoles 17 de septiembre y se extiende hasta las 06:00 horas del sábado 20 de septiembre, según lo establece la normativa.
Entre los rubros excluidos de esta obligación se encuentran:
Restaurantes
Clubes
Cines
Espectáculos en vivo
Discotecas
Pubs
Casinos
Farmacias de urgencia o de turno
Expendios de combustibles
Tiendas de co