
Estar atento a la nómina es algo importante no sólo para saber si el sueldo cobrado es el pactado. Puede que no lo veas o de hecho, esté ahí y no te des cuenta, deducciones o conceptos que quizás ahora creas que no te afecte pero lo hará en breve. De hecho hay una nueva deducción que se verá reflejada en la próxima declaración de Hacienda que hagas y que en el caso de algunos trabajadores podría llegar hasta los 340 euros.
La medida está recogida en el BOE y forma parte de la Ley 5/2025 , que incorpora u na deducción específica en el IRPF de hasta 340 euros para quienes cobran menos. No es una paga ni un ingreso extra que aparezca cada mes, sino un ajuste fiscal que se verá cuando llegue la campaña de la renta del ejercicio 2025 (la que se presenta en 2026). Ojo a este matiz, porque ahí está el quid de la cuestión: es deducción que se reflejará en la declaración de Hacienda, no un complemento en la nómina de cada mes. La norma entró en vigor en verano, pero con efectos desde el 1 de enero de 2025, de modo que cubre todo el año fiscal. Pero, ¿a qué trabajadores les aparecerá esta deducción? Es importante conocer bien los tramos o los límites de lo que se cobra para saber si tienes derecho o no, tal y como te detallamos a continuación.
La nueva deducción de Hacienda de 340 euros
El foco está puesto en los asalariados con rentas bajas . Los requisitos clave son dos y van al grano : tener rendimientos íntegros del trabajo inferiores a 18.276 euros anuales y no superar 6.500 euros al año en otras rentas (alquileres, intereses, etc.). Con ese marco, la deducción llega a su tope (340 euros) cuando los ingresos del trabajo son de 16.576 euros o menos. A partir de ahí se va reduciendo poco a poco según una fórmula sencilla que te explicamos más adelante.
Podemos entender entonces que no se trata de una ayuda universal ni de una rebaja masiva; es una deducción que protege a quienes están más cerca del SMI. Si estás por encima del límite, no aplica; si estás dentro, te conviene comprobar con calma los números porque el impacto puede ser pequeño o muy evidente según tu tramo.
¿Nómina o IRPF? La diferencia que evita decepciones
Aquí es donde suele haber lío ya que muchos pueden creer que la nómina sube 340 euros, pero no, lo que ocurre es que la deducción actúa en el IRPF, de manera que su efecto se verá cuando presentes la renta de 2025 , campaña que se hace en 2026. Queda claro entonces que no vas a tener un ingreso mensual nuevo ni un plus que aparezca de repente en la hoja de salario. Lo que sí habrá (si cumples requisitos) es un mejor resultado en la declaración: pagarás menos o te devolverán más.
Este matiz es importante por una razón práctica: aunque no veas nada mes a mes, sí conviene ir guardando nóminas y revisando tus datos fiscales para que, llegado el momento, el borrador refleje bien la situación. La ventaja de que sea una deducción legal y general es que no hay que pedirla: Hacienda la incorpora. Aun así, más abajo te dejo un par de consejos para revisar el borrador con cabeza.
Desde cuándo se aplica y a partir de qué día la notarás
La ley se publicó en julio, pero con efectos desde el 1 de enero de 2025. ¿Entonces, qué día exacto lo notarás? Cuando se abra la campaña de la renta de 2026. Ese es el momento en que el contribuyente ve el resultado real en su declaración: menos a pagar o más a devolver. A partir de ese día que suele estar en torno al mes de abril, la deducción ya se reflejará en tu borrador si cumples con los requisitos antes mencionados. No te hará falta ninguna cita previa para solicitarla, y tampoco tendrás que presentar formularios específicos. Forma parte de tu IRPF y llega por la vía normal del borrador.
Cómo se calcula en la práctica
Vamos a lo concreto, que es donde el contribuyente se juega el ahorro. La ley marca tres escenarios muy fáciles de entender. Si tus rendimientos del trabajo son 16.576 euros o menos, la deducción es 340 euros. Si estás entre 16.576 y 18.276, se reduce a razón de 0,2 euros por cada euro que exceda de 16.576. Si superas 18.276, ya no hay deducción. Esto es literalmente lo que dice el BOE y el resumen técnico de la Agencia Tributaria.
Un apunte más para evitar sustos: además del tope de ingresos del trabajo, hay un límite de rentas distintas del trabajo (alquileres, intereses, etc.) de 6.500 euros anuales. Si te pasas de ahí, la deducción no procede, aunque por rendimientos del trabajo estuvieras por debajo del umbral. Este doble filtro es intencionado: la medida quiere llegar a quienes dependen casi en exclusiva de su nómina.