Por primera vez en la historia, la justicia obliga al Govern balear ha impartir clases de religión islámica en los colegios públicos de Palma . Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB) considera que se vulneró el derecho a una familia musulmana de recibir enseñanza religiosa en un centro cerca de su domicilio, por lo que ahora obliga a la Conselleria de Educación a desplegar la actividad precisa para impartir tal enseñanza religiosa en los centro públicos de que dispone en toda la Isla, lo que incluye Palma».

En el curso pasado 2024-2025, una familia musulmana presentó una solicitud junto a los padres de otros 103 niños de hasta 15 centros educativos , cinco de ellos concertados, en la que se reclamaba enseñanza de la signatura de Islam para sus hijos. Al no recibir respuesta, estos padres decidieron acudir a los tribunales.

Así, las familias instaron un procedimiento en defensa de los que consideran sus « derechos fundamentales », ahora amparados por el TSJIB. La sentencia aclara que la ley que aborda la cuestión de la enseñanza religiosa es muy clara:

«La libertad religiosa y de culto garantizada por la Constitución, con la consiguiente inmunidad de coacción, el derecho a toda persona a recibir e impartir enseñanza e información religiosa de toda índole, ya sea oralmente, por escrito o por cualquier otro procedimiento». Además, añade que también se incluye el «derecho de las iglesias, confesiones o comunidades religiosas a establecer lugares de culto o de reunión con fines religiosos, designar y formar a sus ministros, a divulgar y propagar su propio credo».

La clave de todo es que la condición es que esos credos tengan concertado con el estado un convenio , algo que sí ocurre con el Islam. En el caso de Baleares, el Govern que presidía la socialista Francina Armengol firmó en 2019 un acuerdo con la Comisión Islámica de España, pero según la Conselleria que dirige Antoni Vera (PP), ese acuerdo no se ha renovado , aunque sí se seguía impartiendo dicha asignatura.

Es por esta razón que el Ejecutivo balear decidió rechazar las solicitudes de las familias musulmanas , dado que las reclamaciones no cumplían con los requisitos de la normativa estatal , por lo que no procedía atenderlas.

Ahora, los magistrados reprochan el comportamiento de la Administración balear ya que «no se ha facilitado a la familia la información para hacer efectivo ese derecho. Simplemente se ha ignorado su petición». El tribunal recuerda que el derecho fundamental no es que esa enseñanza sea en un colegio determinado, sino que esté disponible en un centro público en una zona próxima al domicilio de la familia.