Gracias al Certificado Único de Discapacidad se puede solicitar a una obra social la entrega de protésis y órtesis, pero pocas personas conocen este dato.
En Argentina, la ley 24.901 establece las prestaciones que las obras sociales y prepagas (art. 2), o en su defecto el Estado (arts. 3 y 4), deben cubrir de forma total e integral (100%) a las personas con discapacidad . Entre ellas, se encuentra la provisión de órtesis, prótesis u otros aparatos ortopédicos (art. 27, inc. b) que respondan a sus necesidades.
Además, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, tratado internacional con jerarquía constitucional en nuestro país desde 2014, consagra el derecho a acceder al entorno físico, a la información y a las comunicaciones en condiciones de igualdad (ar