La veda electoral e s el período de restricciones que fija el artículo 71 del Código Electoral Nacional para garantizar la libertad del voto y la tranquilidad en los comicios. Entre las limitaciones más relevantes figura la prohibición de vender bebidas alcohólicas, que rige desde las 20 del sábado hasta las 21 del domingo electoral.

Además de fijar prohibiciones específicas , la norma busca un clima de “reflexión” previo a las elecciones y limita la influencia de la propaganda política sobre los ciudadanos.

Este “silencio obligatorio” comienza 48 horas antes de la apertura de los comicios nacionales y se extiende hasta tres horas después de su cierre, de acuerdo con la jurisprudencia de la Cámara Nacional Electoral .

Veda Electoral: desde qué hora no se puede vender más alcoh

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