En el contexto de los procesos electorales, el Documento Nacional de Identidad físico constituye el único documento válido para ejercer el sufragio. Cuando un elector experimenta la pérdida o robo de su DNI, debe seguir un protocolo específico establecido por las autoridades competentes para justificar su ausencia en las urnas y evitar sanciones administrativas.
Documentación válida para votar:
Únicamente el Documento Nacional de Identidad (DNI) físico original
No se aceptan constancias de trámite, pasaporte ni licencia de conducir
El documento debe ser igual o más reciente que el registrado en el padrón electoral
En caso de robo o pérdida del DNI:
Realizar la denuncia policial correspondiente
Justificar la ausencia electoral dentro de los 60 días hábiles posteriores a la elección

HUARPE

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