Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las escuelas que integran el Sistema Educativo Nacional pueden solicitar, mediante juicios de amparo, suspensiones temporales para que no les sean aplicados los lineamientos que regulan la distribución y venta de alimentos procesados en los planteles, promulgados el 30 de septiembre del año pasado por la Secretaría de Educación Pública (SEP).
Por unanimidad, el Pleno aprobó un proyecto de la ministra Yasmín Esquivel Mossa sobre la contradicción de criterios 137/2025, lo que zanja el debate sobre si las instituciones educativas, y no solo los vendedores de los productos denominados “chatarra”, pueden solicitar esa suspensión provisional, siempre y cuando las escuelas demuestran que pueden verse perjudicadas p

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