En un reciente pronunciamiento, la Corte Constitucional realizó precisiones fundamentales sobre los deberes que deben observar los conjuntos residenciales o copropiedades frente a las personas con afectaciones de salud o en situación de discapacidad.
El caso surgió a raíz de la tutela presentada por Patricia, una mujer que enfrenta múltiples enfermedades que reducen significativamente su movilidad. La ciudadana relató que para llegar a su vivienda debía subir 98 escalones, una situación que se convirtió en una barrera insalvable para su vida cotidiana y que vulneraba sus derechos fundamentales a la igualdad, a la libre locomoción y a una vivienda digna.
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La mujer solicitó a su conjunto residencial no solo el cu

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