Desde el pasado 24 de octubre de 2025 terminó el calendario para la declaración de renta para personas naturales . Este es el primer paso para poder solicitar ante la Dian un saldo a favor, que en varios casos queda después de pagar la respectiva obligación tributaria.
Según la página de recaudo del Estado colombiano, los contribuyentes o responsables que liquiden saldos a favor en sus declaraciones de impuestos son los individuos que tienen acceso a este beneficio.
Además, Fernán Cardona, profesor del Consultorio Tributario del Politécnico Grancolombiano, en una entrevista con esta Casa Editorial, aclaró que “el saldo a favor corresponde al saldo positivo que se obtiene cuando los pagos realizados por retenciones, anticipos o autorretenciones superan el impuesto efectivamente causado”.

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