La reciente aclaración del Ministerio de Salud ha puesto fin a las dudas sobre la prohibición en farmacias de la venta de alimentos y la toma de análisis clínicos en todo el país. Mediante la Resolución Ministerial 734-2025/MINSA , publicada en el Diario Oficial El Peruano, la autoridad sanitaria oficializó que estas actividades no pueden realizarse en farmacias, boticas, farmacias de establecimientos de salud y botiquines en el territorio peruano.

De acuerdo con el Ministerio de Salud , esta disposición constituye una actualización de la lista de productos y servicios que no deben ofrecerse en estos establecimientos, en cumplimiento del artículo 46 de la Ley N° 29459, Ley de los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios. El ministro de Salud, Luis

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