El Juzgado 62 Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Tercera, resolvió, el 6 de noviembre de 2025, negar la tutela presentada por Daniel Quintero Calle contra la Registraduría Nacional del Estado Civil, en la que alegaba la violación de sus derechos políticos y al debido proceso por la falta de registro de su comité promotor de firmas.

Quintero había solicitado al juzgado declarar que la Registraduría incurrió en la “ violación de mis derechos fundamentales a elegir y ser elegido, a la participación política, al debido proceso y al acceso a cargos públicos ”, al considerar que la remisión de su trámite al Consejo Nacional Electoral (CNE) constituía una “dilación injustificada”.

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En la demanda, radicada

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