El Tribunal Supremo ha sentado doctrina sobre una cuestión que afecta a muchos trabajadores y es, nada más y nada menos que, las empresas amplíen unilateralmente la jornada laboral para incluir los fines de semana sin un acuerdo previo o sin seguir el procedimiento legal correspondiente.
En una sentencia reciente, concretamente de abril de 2025, el alto tribunal concluye que esta decisión constituye una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y, por tanto, debe tramitarse conforme al artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores. El caso se originó en Valladolid, en el seno de la empresa Konecta Servicios de BPO S.L., dedicada a la atención telefónica.
La sentencia del Tribunal Supremo
Todo comienza con un grupo de 42 empleados que trabajaba con horario de lunes a viernes d

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