Alejandra Olcese Actualizado Viernes, 7 noviembre 2025 - 10:32

Las personas que vendan su vivienda habitual y destinen parte de su ganancia a cancelar la hipoteca -siempre que se haya constituido antes de 2013 - podrán a partir de ahora deducirse en el IRPF la cantidad utilizada para ese fin, tras el cambio de criterio del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), dependiente del Ministerio de Hacienda, que hasta ahora no permitía esta posibilidad.

Según la resolución de once páginas del 20 de octubre de este organismo, que adelantó el viernes pasado Expansión y a la que ha tenido acceso EL MUNDO, el TEAC unifica criterio a petición de la directora del departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Tributaria, ya que había resoluciones precedentes de trib

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