Óscar V. Machado / CDMX Magacín
Después de 7 años de su implementación, la conformación y operación de los Concejos no cumplieron con las expectativas que se concretaron en la Constitución Política de la Ciudad de México, en la práctica son una comparsa del titular de la alcaldía, a quien con su presencia legítima su trabajo, asegura Salvador Mora Velázquez, politólogo de la UNAM.
De acuerdo con el artículo 53 de la Constitución Política de la Ciudad de México, los Concejos son órganos colegiados electos en cada demarcación territorial que supervisan y evalúan las acciones de la alcaldía, controlar el ejercicio del gasto público y aprueban el Proyecto de Presupuesto de Egresos de cada año.
“El Concejo, al estar reducido a una función de vigilar la legalidad del programa de gobierno de l

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