El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha implementado nuevas regulaciones que obligan a los conductores y pasajeros de motocicletas a utilizar chalecos distintivos y cascos de seguridad. Estas modificaciones, aprobadas mediante el Decreto Supremo N.° 018-2025-MTC, buscan mejorar la seguridad vial en zonas declaradas en estado de emergencia.

A partir de hoy, las sanciones por no portar el chaleco con el número de placa del vehículo se aplicarán únicamente en áreas en estado de emergencia, según lo estipulado por la normativa vigente. Las infracciones se clasifican bajo los códigos G.68 y G.69 del Reglamento Nacional de Tránsito. La falta de uso del chaleco será sancionada con una multa de S/428, equivalente al 8% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), además de la acumulación de 20 puntos en el récord del conductor y la retención del vehículo.

El decreto también establece condiciones técnicas para el uso de cascos de seguridad y lentes protectores. Si un casco no tiene visor, es obligatorio el uso de lentes protectores. El incumplimiento de esta norma se considera una infracción grave, tipificada con el código G.59, y también conlleva una multa de S/428 y la retención del vehículo.

Además, se permite que el visor del casco no sea necesariamente transparente, siempre que sea parte del diseño original de un casco certificado por el fabricante. Se ha eliminado la prohibición de incluir elementos que protejan el rostro del viento y el polvo, lo que otorga a los conductores la libertad de elegir el tipo de visor que mejor se adapte a las condiciones de luminosidad.

Estas medidas tienen como objetivo reforzar el control del tránsito de vehículos menores en las zonas declaradas en estado de emergencia, contribuyendo a la reducción de siniestros viales relacionados con el incumplimiento del uso de cascos certificados y mejorando la visibilidad durante la conducción.