Una reciente discusión jurídica ha vuelto a poner en el centro del debate el papel de los hijos frente a sus padres y el alcance que tienen estos últimos para disponer de sus bienes.

Y es que, en Colombia, el Código Civil, otorga a los padres la posibilidad de ajustar o reducir la herencia de aquellos hijos considerados “ingratos”, bajo ciertas condiciones que reconocen el valor de la gratitud, el respeto y el cuidado familiar.

Según las leyes colombianos, los hijos sí pueden heredera, aunque su herencia corresponderá al 50% de lo que deje un difunto. Foto: 123rf / El País. | Foto: Foto: 123rf / El País.

No obstante, aunque legalmente, luego de la muerte de un padre, en cada testamento con herederos forzosos, los hijos siempre deberán recibir por lo menos la mitad de los bienes, en p

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