Un fallo judicial ejemplar en Tucumán ordenó a un call center restablecer la modalidad de teletrabajo a una empleada a la que había intimado a retomar tareas presenciales de forma unilateral.

La Justicia consideró que la decisión de la empresa fue un «ejercicio abusivo del ius variandi» (la facultad del empleador de cambiar condiciones laborales), ya que el home office se había convertido en una «modalidad esencial» del contrato .

El fallo, si bien aún no está firme, da 10 días a la empresa para cumplir la orden.

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La empleada, Cynthia Castillo, presta servicios para la empresa desde 2016. Si bien comenzó a trabajar desde su casa por la pandemia, el dato clave es que el

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