El 11 de noviembre la Corte Constitucional avaló el Proyecto de Ley estatutaria de la Jurisdicción Agraria, que define su estructura, mientras que el de Ley ordinaria que reglamenta procedimientos y competencias está para debate en plenaria de Cámara, en medio de acusaciones de dilación y de conflicto de intereses.
En diciembre de 2024 el Proyecto fue aprobado en comisiones primeras conjuntas tras un interesante proceso de concertación en el cual se logró preservar –eso entendí– la fase judicial automática para los procesos agrarios.
Para unos sí, para otros no. Para algunos procesos la decisión administrativa de la ANT es de fondo si no hay oposición, pero en un entorno de abandono y control de grupos ilegales, es precario el acceso libre a la justicia y la no oposición puede esconder i

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