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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó cambios en el cálculo de la pensión por viudez otorgada por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) . La Segunda Sala resolvió por unanimidad de cinco votos el amparo en revisión 180/2023.

El fallo validó que, conforme a la Ley del Seguro Social de 1995 , la pensión por viudez deberá incrementarse cada año con base en el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) y no conforme al salario mínimo.

La Corte explicó que el salario mínimo no puede emplearse como referencia para actualizar esta prestación, “porque se trata de una prestación de seguridad social y no de una retribución por el trabajo realizado” . Señaló además que tomar como base el INPC permite mitigar los efectos de la inflac

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