Buenos Aires, 17 noviembre (NA)— Un profundo análisis doctrinario publicado por Microjuris aborda uno de los temas más complejos en los juicios por deudas: qué tasa de interés se debe aplicar a las deudas impagas, especialmente en períodos inflacionarios. El artículo, firmado por el Dr. Jorge O. Rossi, pone el foco en el artículo 768 del Código Civil y Comercial (CCC), que regula los intereses moratorios.
Según supo la Agencia Noticias Argentinas a partir del informe, el debate se centra en qué significa la norma cuando establece que, a falta de acuerdo, se usarán "tasas que se fijen según las reglamentaciones del Banco Central".
El autor explica que el daño moratorio (el perjuicio por la demora en pagar) es complejo. En una economía inflacionaria, este daño puede incluir gastos

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