La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de amparo deducido en representación de 141 internos del Centro de Cumplimiento Penitenciario Punta Peuco, en contra de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería, por los trabajos realizados en la unidad penal para transformarla en una cárcel común.

En fallo unánime, la Séptima Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros José Pablo Rodríguez, Tomás Gray y la abogada (i) Catalina Infante– descartó actuar ilegal o arbitrario por parte de la institución penitenciaria recurrida.

“El artículo 16 del D.L. 2.859 de 1979, Ley Orgánica de Gendarmería de Chile establece lo siguiente: ‘La creación, modificación o supresión de establecimientos penales y carcelarios, su clasificación, denominación y la determinación de su

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