La sentencia que elabora el magistrado Andrés Martínez Arrieta encaja los hechos de la instrucción y el juicio oral en el artículo 417 del código penal: revelación de datos reservados .
Se trata del 4.1: "la autoridad o funcionario público que revelare secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados, incurrirá en la pena de multa de 12 a 18 meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.
El fallo puntualizado que se aplicará la inhabilitación especial en su modalidad inferior al máximo, es decir, será de dos años , y fuentes jurídicas estiman que Álvaro García Ortíz , no tendrá que abandonar la carrera, algo que la sentencia sólo la sentencia puede aclarar porque

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