En materia familiar persisten prácticas judiciales que, lejos de garantizar la igualdad procesal, reproducen un sesgo histórico hacia el hombre.

Un ejemplo claro es la figura del depósito judicial, que permite al juez determinar de manera provisional el domicilio y cuidado de niños, niñas y adolescentes.

Cuando el padre solicita esta medida, suele esperarse a que primero la madre conteste la demanda para escuchar su postura, lo que retrasa la protección del menor.

En contraste, cuando la madre la solicita, la medida suele otorgarse de forma inmediata, bajo el argumento de urgencia, aun sin haber oído a la otra parte.

Esta desigualdad procesal contradice el principio de interés superior de la niñez, que debería prevalecer sobre cualquier rol parental.

Algo similar ocurre con los conven

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