Las razones formales por las que el titular de la Fiscalía General de la República puede abandonar su cargo están estrictamente reguladas. La Ley de la Fiscalía General de la República, concretamente el artículo 24 , establece que solo existen ciertos supuestos para una separación válida.
La remoción de un fiscal general puede proceder en caso de:
Causas graves contempladas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas (como peculado o desvío de recursos).
Comisión de delitos que impliquen prisión preventiva oficiosa (delincuencia organizada, extorsión u homicidio).
Pérdida de la ciudadanía mexicana .
Incapacidad total o permanente durante más de seis meses, acreditada por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del E

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