El Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de Manizales establece que las áreas de cesión pública son las zonas del terreno que los urbanizadores deben entregar al Municipio como parte del desarrollo de un proyecto de urbanización o parcelación.
Estas áreas se destinan a vías locales, redes de servicios públicos, equipamientos colectivos y espacios públicos como parques y zonas verdes. En otras palabras, son una contraprestación obligatoria por los derechos de construcción otorgados en las licencias urbanísticas.
¿Qué debe incluir toda urbanización?
Tras descontar áreas para vías principales, redes primarias y zonas de protección ambiental, los proyectos deben dejar disponibles las áreas de cesión, que pasarán a formar parte del espacio público del Municipio. La entrega debe realizarse

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