Muchos trabajadores tienen la misma duda cada fin de año: ¿si renuncio antes del 31 de diciembre pierdo la prima de servicios?
Pilas, porque la ley es clara y no hay pérdida del derecho por retirarse antes de la fecha del pago.
La prima no depende de quedarse hasta el 31 de diciembre
La prima de servicios es una prestación social obligatoria para todos los trabajadores con contrato laboral. Se paga en dos momentos:
Primera mitad: en junio.
Segunda mitad: en diciembre.
Este beneficio no depende de que la persona permanezca hasta el último día del año, sino del tiempo realmente trabajado en el semestre.
Si renuncia antes, la empresa debe pagar la prima proporcional
Si un empleado renuncia días, semanas o incluso meses antes del pago de diciembre, la empresa está obligada por l

Q'hubo Bucaramanga

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