CIUDAD DE MÉXICO, 2 de diciembre de 2025.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reforzó la protección del derecho a la salud y el acceso a la interrupción legal del embarazo al despenalizar el aborto en Tlaxcala.
Ello, al declarar la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Salud y el Código Penal local, al formar parte del mismo sistema normativo, que imponían barreras indebidas a las personas víctimas de violencia familiar o sexual, así como a las mujeres y personas gestantes.
En primer lugar , el Pleno determinó que no puede condicionarse la atención médica de las víctimas al inicio de una investigación ministerial o de un proceso jurisdiccional.
La SCJN concluyó que este tipo de requisitos desconoce la urgencia real de la atención en estos casos e ignora las ba

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