Las personas morales, es decir, las asociaciones o empresas deben presentar esta Declaración Anual entre el 1 de enero al 31 de marzo, por lo que ahora pueden hacer una simulación antes de dichas fechas.
La declaración anual incorpora la precarga de información como: pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio, PTU pagada en el ejercicio, retenciones efectivamente pagadas (ISR por sueldos y salarios, arrendamiento y RESICO), CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones, así como remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos, subsidio para el empleo, entre otros.
En el caso de las sociedades que estén en período de liquidación, la declaración del ejercicio por liquidación tiene limite hasta el 19 de ene

Tiempo de Oaxaca
Vanguardia
CURSOR EN LA NOTICIA
Forbes México
The Conversation
AlterNet
The Daily Beast
WBAL-TV 11 Baltimore Sports
Raw Story
IFL Science
NBC Chicago Sports
Empire Sports Media
Page Six