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El criterio unificado de la SCJN establece que los bloqueos bancarios derivados de contratos entre particulares no pueden impugnarse por la vía del amparo. diciembre 04, 2025 | 1:42 hrs

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ayer que el bloqueo de los fondos de una cuenta , por parte de un banco, no es un acto de autoridad y, por ello, contra dicha acción no procede el juicio de amparo .

Esta resolución no aplica para aquellos casos en los que la autoridad, de manera precisa y con base en la ley, solicita el bloqueo bancario, ya que ahí sí está de por medio un acto de autoridad.

A propuesta de la ministra Yasmín Esquivel , al resolver una contradicción de criterios, los ministros resolvieron que para este caso debe prevalecer, con carácter de juris

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