Esta construcción, que se levanta en la fallida calle 25 en Bellavista, tiene la rampa de acceso ubicada en el retiro reglamentario de cinco metros, contrario a la norma que establece que “El espacio de antejardín es considerado espacio privado afecto al uso público y deberá: 1. Estar al nivel del andén. … 4. las rampas de acceso o bahías de entrada deberán resolverse en el interior del área privada del predio, no podrá iniciarse en el espacio privado afecto al uso público…”

En la imagen claramente se observa que la rampa está construida sobre el aislamiento reglamentario y que además no está al nivel del piso; prácticamente termina en el borde de la calle y está afectando el tamaño del andén, que, a la vista, no alcanza a tener ni un metro.

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