A pesar de estar retirados de la vida laboral, los pensionados sí tienen algunas responsabilidades específicas de pagos, esto solo en los casos en los que superen ciertos límites de ingresos o patrimonio, en estos casos específicos, deberán presentar su declaración de renta ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) en las fechas establecidas.
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Según la ley local, la mesada de un pensionado en Colombia está exenta del impuesto de renta hasta un límite de 1.000 UVT (Unidad de Valor Tributario) mensuales.
De esta manera, si la pensión excede este monto, el valor adicional es considerado renta gravable, indican desde la DIAN , y debe ser incluido en la decl

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