Ha llegado diciembre y son muchos los empleados que consultan si podrán extender sus descansos durante las festividades de Navidad y Año Nuevo. La respuesta depende de lo que establece la normativa vigente y de cómo se distribuyen los feriados con los períodos sin actividad laboral que declara la administración estatal. A continuación, resolvemos tus dudas.
El Decreto Supremo 042-2025-PCM estableció que los viernes 26 de diciembre y 2 de enero de 2026 funcionarán como jornadas sin labores compensables dirigidas a los colaboradores de entidades públicas, lo que permite efectivamente la creación de los denominados descansos extendidos.
El primero abarca desde el miércoles 25 de diciembre (festivo por Navidad) , incorporando además el viernes 26 de diciembre sin actividad laboral. El

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