En las últimas semanas se ha difundido la idea de que la Suprema Corte busca establecer un criterio que permitiría impugnar cualquier sentencia firme y, con ello, eliminar el principio de cosa juzgada . Esa afirmación no refleja lo que realmente discutimos en el Pleno el pasado 26 de noviembre. En aquella sesión analizamos un tema puntual: si un tribunal colegiado actuó correctamente al declarar la nulidad de un juicio mercantil mediante la figura denominada acción de nulidad de juicio concluido , aplicando para ello la legislación procesal de la Ciudad de México ante un supuesto vacío normativo.

La acción de nulidad de juicio concluido es un mecanismo excepcional . Está regulada en varias legislaciones locales y fue incorporada al nuevo Código Nacional de Procedimientos

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