Cuando un afiliado al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) , administrado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP) en el Perú, fallece, sus familiares cercanos pueden tener derecho a recibir una pensión de sobrevivencia, un beneficio mensual que reemplaza, en parte, el ingreso del afiliado fallecido. Este derecho está regulado por el Decreto Ley N.º 19990, que establece las condiciones para otorgar este tipo de pensión a los deudos del asegurado.

Es importante entender que en el sistema ONP no existe una cuenta individual de capitalización, como en el sistema privado de AFP, por lo que los aportes no se heredan. En cambio, el sistema otorga una pensión a los familiares sobrevivientes que cumplan ciertos requisitos, siempre y cuando el afiliado haya cumplido con las condici

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