El gobierno capitalino tiene 360 días para definir las reglas sobre las licencias y placas
–La Jefatura de Gobierno publicó este miércoles en la Gaceta Oficial las modificaciones a la Ley de Movilidad para regular la circulación de scooters y bicicletas eléctricas.
Este decreto detalla que los conductores de este tipo de unidades, denominadas como vehículo motorizado eléctrico personal (Vemepe), deberán portar licencia “junto con la documentación establecida en esta ley”, es decir, placas.
Los Vemepe son aquellos vehículos que, para su conducción, cuentan con acelerador independiente, tienen dos o más ruedas y están equipados con un motor eléctrico cuya velocidad máxima excede los 25 kilómetros por hora. Su motor tiene una potencia continua nominal a partir de 250 watts y hasta 1 KW (1