Septiembre llega con un único día de descanso obligatorio avalado por la Ley Federal del Trabajo (LFT): el martes 16 de septiembre , en conmemoración del Aniversario de la Independencia . Esta fecha asegura que los trabajadores no tienen la obligación de prestar sus servicios.

No obstante, si una persona labora en este día, tiene el derecho a recibir su salario habitual más un pago adicional doble, lo que popularmente se conoce como “pago triple” .

Es relevante aclarar que, aunque el 1 de septiembre genere interrogantes por la presentación del informe de gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum , la LFT no considera esta fecha como un día feriado oficial .

Además, si el 16 de septiembre coincide con un domingo, las empresas deben añadir a la remune

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