La entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera, como bancos, compañías de financiamiento, cooperativas financieras, compañías de seguros, fondos de pensiones y cesantías, fiduciarias, comisionistas de bolsa, entre otras, deben abstenerse de restringir el acceso de los consumidores a la prestación de productos y servicios financieros.Según la entidad, después de un pedido de la Corte Constitucional en la Sentencia T-113 del 28 de marzo de 2025, en la que se pronunció se pronunció sobre

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