En un fallo histórico para la defensa de los derechos animales, la Corte Constitucional dejó en firme la Ley 2385 de 2024, que prohíbe de manera definitiva las corridas de toros, el rejoneo, las novilladas, becerradas y tientas en Colombia. Además, el alto tribunal amplió el alcance de la norma al incluir en la misma restricción a las cabalgatas, las corralejas, el coleo y las peleas de gallos.

La Sala Plena, con ponencia del magistrado Miguel Polo Rosero, declaró de forma unánime la exequibilidad de la ley, al considerar que estas prácticas constituyen actos de maltrato animal que contravienen los principios constitucionales de dignidad y bienestar de los seres sintientes.

La decisión establece un plazo de tres años para que la prohibición entre en plena vigencia, es decir, a partir de

See Full Page