La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso de un padre que solicitaba no hacerse cargo de la pensión alimenticia de su hija mayor de edad por no existir contacto alguno entre ellos, aunque la mantiene durante un año transcurrido el cual se extinguirá automáticamente.

Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que se rechaza el recurso de apelación interpuesto por el padre frente a la sentencia, de 12 de septiembre de 2024, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 66 de Madrid en méritos de su procedimiento número 2024.

Los antecedentes del conflicto son los siguientes: Las relaciones entre padre e hija han sido reguladas por cuatro sentencias. Primero, se estableció la guarda y custodia de la menor con un régimen de visitas del padre

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