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El Consejo de Estado , a través de su Sala de lo Contencioso Administrativo , negó una solicitud presentada por la Procuraduría General de la Nación para adicionar la sentencia emitida el 11 de julio de 2025. Con esta decisión se mantiene en firme el fallo que anuló la Ordenanza No. 524 de 2020 de la Asamblea Departamental de La Guajira, descartando omisiones en el análisis del caso.

La Procuraduría argumentaba que el fallo no se había pronunciado sobre la competencia del Gobernador para firmar la escritura pública que dio origen a Esepgua. Según el organismo de control, esa responsabilidad debía recaer en el Administrador Temporal del Plan Departamental de Agua, lo que habría invalidado el contrato de sociedad. Sin embargo, el alto tribunal consideró sufic

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