Martínez Dagnino explicó que los recursos retornados e ingresados deberán destinarse a actividades productivas, generación de empleos e inversiones por un plazo de tres años hasta "la luz del Plan México".
El origen de los recursos, que busquen ser repatriados, debe ser un origen lícito y haberse estado en el extranjero hasta el 31 de diciembre de 2025 y que puedan ingresar el año que entra, 2026.
El beneficio fiscal por este retorno de capital consiste en pagar el impuesto sobre la renta ( ISR ) a una tasa del 15% , sin deducción alguna, con la condición de que dichos recursos sean invertidos en actividades productivas , por un periodo de al menos tres años.
Enfatizó el dirigente del SAT que los residentes en México y el extrabjero puede usar el beneficio fiscal siempre y cuand