La Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) ejercerá un control más estricto sobre las organizaciones no gubernamentales (ONG) y entidades que reciben cooperación internacional, tras la publicación de dos decretos supremos en el diario oficial El Peruano.
Se trata del DS N.° 032-2025-RE, que aprueba el reglamento de la Ley de creación de la APCI, y del DS N.° 033-2025-RE, que establece el nuevo Reglamento de Infracciones y Sanciones (RIS).
Las sanciones previstas van desde amonestaciones escritas hasta multas de 500 UIT, la suspensión temporal de beneficios y la cancelación de la inscripción en los registros de la APCI en casos de reincidencia.
Según el DS N.° 032, toda entidad nacional o extranjera que ejecute proyectos de cooperación debe registrarse obligatoriamente en