–La Sala Sexta de Revisión de la Corte Constitucional ratificó el derecho de los niños, las niñas y los adolescentes a ser escuchados, en los trámites judiciales que directamente los impactan e hizo énfasis en que No se les puede obligar a algo que les haga sentir mal.
Así las cosas, como en el caso de los acuerdos sobre el régimen de visitas, la alta corporación afirmó que este no es un trámite meramente formal, y subrayó que los jueces de familia tienen que valorar la opinión de los menores de edad y el impacto que las medidas puede generar a mediano y a largo plazo en la vida de ellos, antes de fijarlas o aceptarlas de forma definitiva.
La Corte protegió el derecho de una niña a ser escuchada y condicionó el régimen de visitas, de acuerdo con el enfoque de curso de vida, mecanismo que