La seremi del Trabajo y Previsión Social, Jennifer Lazo Vergara, informó acerca de los feriados de Fiestas Patrias 2025, explicó que “en el caso de los días jueves 18 y viernes 19, ambos feriados irrenunciables, el descanso de los trabajadores y trabajadoras deberá comenzar a las 21:00 horas del día miércoles 17 de septiembre y finalizar a las 06:00 horas del sábado 20 de septiembre, salvo las alteraciones horarias con motivo de la rotación de los turnos, cuando podrán prestar servicios entre las 21:00 y 24:00 horas del miércoles 17 de septiembre o entre las 0:00 y las 6:00 horas del sábado 20 de septiembre”.

Los días Jueves 18 y viernes 19 de septiembre son feriados obligatorios e irrenunciables dispuestos por la Ley 19.973 para todos los trabajadores y trabajadoras del comercio, incluid

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