El magistrado de la Sala Penal, Leopoldo Puente, ha confirmado este jueves la situación de prisión provisional, comunicada y sin fianza, del exsecretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán. Esta decisión se basa en la persistencia de indicios de su responsabilidad en delitos graves y el riesgo de ocultación o destrucción de pruebas.

El juez desestimó el escrito presentado por Cerdán el 8 de septiembre, en el que solicitaba su inmediata liberación. Puente argumentó que, aunque la defensa tiene razón al señalar que la prisión provisional no debe prolongarse más allá de lo necesario, en este caso, las razones que justificaron su adopción aún persisten.

La prisión provisional de Cerdán fue decretada el 30 de junio, y el magistrado indicó que el plazo legal máximo de seis meses aún no ha transcurrido. Sin embargo, enfatizó que esto no significa que la medida cautelar deba mantenerse si ya no existen las razones que la justificaron. A pesar de ello, el juez considera que el riesgo de destrucción de pruebas sigue siendo alto.

Las investigaciones sobre la situación patrimonial de Cerdán no han concluido. Existen discrepancias entre sus declaraciones tributarias y la procedencia de ciertos ingresos bancarios, lo que ha llevado a solicitar información complementaria. Además, se están analizando posibles vínculos económicos entre Cerdán y la empresa Servinabar 2000, lo que requiere un análisis documental complejo.

El magistrado también destacó que el riesgo de ocultación de pruebas es aún más significativo en relación con las posibles relaciones económicas y personales de Cerdán con personas que actúan en nombre de Acciona. La investigación avanza, pero aún no se ha llegado a conclusiones definitivas.

Puente concluyó que no solo no ha transcurrido el plazo máximo de la prisión provisional, sino que las razones que justifican su mantenimiento siguen vigentes. Además, se han encontrado indicios suficientes para considerar que Cerdán podría haber cometido delitos como pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y cohecho, todos ellos tipificados en el Código Penal.

Entre los indicios más relevantes se encuentran archivos de audio en los que Cerdán reconoce el cobro de comisiones vinculadas a la adjudicación de obras públicas, así como su compromiso de reclamar cantidades pendientes de cobro a otros investigados.